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contratos alquiler verbales

La validez de los contratos de alquiler verbales

08 Sep 2017

Los contratos verbales tienen validez siempre y cuando la ley no obligue a realizarlo de forma escrita, como por ejemplo en el caso de la creación, modificación o extinción de derechos reales sobre bienes inmuebles, para los cuales se exige la realización de un contrato ante notario. Aun así, los contratos verbales presentan un gran problema, y es que a veces es complicado poder probar su existencia en caso que una de las partes no lo cumpla.

También, hay que tener en cuenta que la Ley de Arrendamientos Urbanos establece una serie de normas y condiciones que se deben aplicar a cualquier tipo de contrato de alquiler de vivienda. Por tanto, en caso que se pueda demostrar la existencia de un contrato verbal de alquiler de vivienda, se le aplicarán las normas y condiciones de esta ley.

Es por esto, que es importante fijarnos bien en aquello que se pueda demostrar, como por ejemplo el importe de la renta, la fecha de inicio del contrato, desde que se recibe el primer pago de la renta, entre otras. Pero sin duda, estas son las maneras principales para probar que el contrato verbal es válido:

-  Testigos: es recomendable durante la firma de un contrato, que estén presentes terceras personas, de esta manera, estas podrán ser testimonios claves si surgiera algún contratiempo.

-  Actos: hace referencia a acciones actuales o posteriores que demuestren la intención de contratar de ambas partes.

-  Hechos: algún hecho relevante que pueda demostrar que el contrato realmente se celebró.

-  Documentos: es importante guardar los recibos bancarios, facturas, emails y otro tipo de documento, ya que estos pueden servir para demostrar la existencia del contrato por escrito.

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