
¿Es la promesa legalmente vinculante?
09 Mar 2020Hoy en día, muchas cosas se hacen de palabra: ventas, servicios, intercambios, préstamos de dinero incluso dejar un coche. Podríamos pensar que todo lo que se dice o hace de palabra es legalmente vinculante, ¿no? pero no es así.
Vamos a hablar de la promesa y qué efectos tiene legalmente. Prometer es querer hacer algo en el futuro. Nos comprometemos a vender, a prestar, a hacer. Normalmente estas promesas aunque no seamos conscientes están sujetas a determinadas condiciones que pueden o no pueden suceder, puede o no puede darse el hecho de que yo tenga ese día disponible, puede darse o no el hecho de que finalmente pueda o no pueda dejarte aquello, o puede darse o no darse el hecho de que finalmente me apetezca hacer ese favor.
A veces nos olvidamos de esta voluntad de las partes que debe ser flexible a lo largo del tiempo: todos tenemos derecho a cambiar de opinión. Absolutamente todos tenemos el derecho de decidir algo nuevamente aunque contradiga a lo que dijimos ayer.
Esto se pone en conflicto a veces con el Derecho, que establece que los contratos verbales (en la mayoría de las ocasiones) son válidos. Pero vamos a atender al sentido común, y vamos a dar un paso más allá sabiendo que la realidad es plenamente cambiante y que nuestras circunstancias no son las mismas de una vez para otra.
¿Por qué no desprendernos de todas las cargas que nos ocasionan esos “me comprometí a”? cuando realmente sabemos que no nos beneficia ese acuerdo. Debemos abrirnos a una nueva forma de ver la promesa. Por ejemplo con un: “Sí, es cierto que me comprometí a esto o lo otro pero desde mi situación actual revoco este acuerdo.”
Muchas veces es tácito, es decir, un acuerdo al que prácticamente no hemos dado nuestro consentimiento sino que se nos ha impuesto sin poder nosotros reaccionar. Hacernos conscientes de esto significa que tenemos pleno derecho para rescindir esas obligaciones que creíamos que teníamos sine qua non, porque sí.
Debemos mudar a una nueva concepción, en la que la libertad de pacto reina en cada momento y es realmente flexible. Estamos hablamos del derecho a rescindir, del derecho a decir que no cuando desde un análisis más exhaustivo del asunto vemos que eso que dijimos ya no nos brinda lo que queremos, ya no nos lleva a donde pensábamos o simplemente ya no sentimos una necesidad de llevarlo a cabo. Estamos hablando de responsabilizarnos de nuestras decisiones en lugar de dejar que otros tomen el control de forma inconsciente de la situación.
Debemos por tanto analizar qué partes de esa promesa se pueden mantener y qué partes se pueden cambiar, para finalmente en el momento de realizar el intercambio, servicio o préstamo podamos realizarlo con plena consciencia y voluntad. Para que entonces sí, pueda ser un negocio válidamente celebrado y sostenible a lo largo del tiempo.
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