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Tratamiento de datos de carácter personal

Tratamiento de datos de carácter personal

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Cuando terceros accedan a datos personales durante la prestación de un servicio.

Cláusulas generales

Datos del responsable del fichero
Responsable del fichero es aquella persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada u órgano administrativo, que decida sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento.
Datos encargado del tratamiento
El encargado del tratamiento es aquella persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que, sólo o conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento.
¿Cuál es la actividad que desarrolla el responsable del fichero?
¿Cuál es la actividad que desarrolla encargado del tratamiento?
¿Cuál es el servicio contratado que realizará el encargado del tratamiento?

Cláusulas partículares

¿Cuál es el nombre de los ficheros a tratar?
Nombre de los ficheros a tratar tal como aparecen inscritos en la Agencia Española de Protección de Datos.
¿Cuál es el nivel de seguridad exigido a los datos?
Puedes consultar los niveles de seguridad en el Artículo 80 y siguientes del Reglamento que desarrolla la Ley Orgánica de Protección de Datos. (Real Decreto 1720/2007)
¿Se permite que el encargado subcontrate tratamiento a terceras empresas?
En caso de que se permita, será estrictamente necesario que con anterioridad a la subcontratación por parte del encargado del tratamiento de los servicios éste comunique al responsable de los ficheros los datos identificativos de las entidades subcontratistas, además de regular contractualmente el tratamiento realizado por estas terceras entidades de los datos contenidos en los ficheros.
¿Qué medidas deberá tomar el encargado del tratamiento al fin del servicio?
Según el Artículo 12.3 de la LOPD una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al responsable del tratamiento así como cualquier soporte o documento en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
¿Cómo se resolverán los posibles conflictos?
Esta clausula permite acordar con la otra parte cómo se resolverán los conflictos en caso de quelos haya. Normalmente, se suele definir que serán los Juzgados del lugar del inmueble. Otra opción es la de acordar acudir al sistema de Arbitraje de resolución de conflictos con prioridad a la jurisdicción ordinaria. Este sistema suele ser una opción más ágil y flexible que la jurisdicción tradicional.
Claúsula adicional
Fecha
Lugar de firma