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Alquiler de habitación

Alquiler de habitación

Precio único100.00€
Suscripcióndesde 10€/mes
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Regula las condiciones del alquiler de una habitación del inmueble.

Cláusulas generales

Datos del propietario
Se refiere al domicilio del propietario durante la duración del contrato. Por lo general, será diferente al de la vivienda arrendada.
Datos del inquilino
Información de la habitación en alquiler
¿Cuál será el principal motivo del arrendamiento?
¿Cuál es la duración del arrendamiento?
Para los arrendamientos para uso de vivienda habitual la LAU contempla una duración mínima de 3 años. En caso de elegir un periodo menor se realizarán prórrogas obligatorias siempre que el inquilino lo desee hasta cumplir 3 años.
¿Cuándo comenzará el alquiler?
Se debe incluir en el contrato la fecha en la que empezará a contar la duración del contrato. Si no se sabe con certeza cuándo comenzará el alquiler puedes incluir en el contrato que la duración empezará a contar desde la efectiva puesta a disposición del inmueble con la entrega de llaves.

Cláusulas particulares

¿Cuál es la renta pactada?
Tras el primer año de contrato se puede actualizar la renta conforme al Indice de Precios al Consumo (IPC) publicado anualmente por el Instituto Nacional de Estadística (INE)
euros
¿Cuál es el importe de la fianza?
La prestación de una fianza es obligatoria y constituye una garantía frente a los posibles desperfectos que pueda sufrir la habitación (Artículo 36.1 de la Ley de arrendamientos 29/1994). Al finalizar el contrato, tras comprobar que la habitación no ha sufrido daños, se le devolverá de nuevo este importe al inquilino. Normalmente se piden dos mensualidades de la renta si la habitación está amueblada y una si no lo está.
¿Estan los gastos de suministros (luz, agua, telefono, etc.) incluidos?
¿Está la habitación amueblada?
Si se desea, se puede especificar en el contrato que la habitación está amueblada. Tiene un objetivo meramente informativo.
¿Cuenta con plaza de garaje?
Si la vivienda incluye plaza de garaje ésta aparecerá en el contrato como un elemento accesorio y no se necesitará crear un contrato separado.
¿Cuenta con trastero?
Si la vivienda incluye trastero éste aparecerá en el contrato como un elemento accesorio y no se necesitará firmar un contrato aparte.
¿Cómo se resolverán los posibles conflictos?
Esta clausula permite acordar con la otra parte cómo se resolverán los conflictos en caso de quelos haya. Normalmente, se suele definir que serán los Juzgados del lugar del inmueble. Otra opción es la de acordar acudir al sistema de Arbitraje de resolución de conflictos con prioridad a la jurisdicción ordinaria. Este sistema suele ser una opción más ágil y flexible que la jurisdicción tradicional.
Normalmente los Juzgados del lugar dónde se encuentre ubicada la vivienda.
Claúsula adicional
Fecha
Lugar de firma