Acceso clientes Mostrar buscador
Volver

Blog

Nombres legales

Los nombres para niños prohibidos por ley

04 Ago 2016

Escoger un nombre para nuestro hijo es una decisión difícil que puede llevarnos meses, ya que le acompañará toda la vida. Empezamos haciendo una lista de los nombres que más nos gustan, a continuación descartamos algunos, porque la lista es demasiado larga y finalmente, después de consultarlo con nuestra pareja y familia, teniendo en cuenta el significado del nombre, los motes que le pueden poner y cómo queda con los apellidos de ambos, nos decidimos por uno.

Desde hace años los nombres más comunes son María, Carmen, Juan, Antonio… Pero con el paso del tiempo se han modernizado y ahora María se ha convertido en Mia y Juan en Jan. Actualmente la originalidad es lo que prevalece a la hora de encontrar un nombre adecuado para nuestro hijo, pero no todos están permitidos. Stalin, Canuto, Digna, Marciana, Camino, Montaña... Son algunos de los nombres más extraños que la Ley del Registro Civil permite poner en España.

Hace pocos días salió en los medios de comunicación una noticia que se ha vuelto viral. Unos padres querían poner Lobo a su hijo, pero el Registro Civil no se lo permitía, y les amenazaron que si en un período corto de tiempo no encontraban otro nombre para el niño, sería el juez quién se lo impondría. Después de una lucha de dos semanas y una recogida de más de 20.000 firmas a favor del nombre en Change.org, el juez lo aceptó, y el niño será llamado Lobo, tal y como explica este artículo de Público. ¿Pero con qué criterio se eligen los nombres que están permitidos y los que no en España?

Según el artículo 54 de la Ley de Registro Civil, el niño tiene que estar inscrito en el Registro Civil en un plazo de tres días con el nombre elegido. Si no es así, el encargado del Registro será quién pondrá el nombre al niño o niña. Esta ley también dice que están prohibidos los nombres contrarios a la dignidad o al decoro de la persona por resultar irrespetuosos, ridículos o vergonzosos, como por ejemplo Mandarina, así como, los que resultan inusuales o inadecuados para designar a una persona, como por ejemplo, Lucifer, Judas, Caín, o los nombres de animales, cosas, u otros conceptos que no se identifiquen con seres humanos. Tampoco se puede poner más de un nombre compuesto o más de dos simples. Así como, dos hermanos no pueden llamarse igual si los dos viven.

Desde el momento que apareció la noticia sobre la prohibicion del Registro frente al nombre de Lobo, se ha abierto un debate entre los defensores de que los padres tenemos la última palabra sobre el nombre de nuestro hijo, y que se debe modificar esta ley. Pero de momento, y hasta que no se diga lo contrario, si se incumplen algunos de estos requisitos, el funcionario del Registro Civil puede negarse a inscribir a nuestro hijo. Aun así, si esto sucede, tenemos derecho a recurrir esta decisión a la Dirección General de los Registros y el Notariado del Ministerio de Justicia.

 

comments powered by Disqus