Regula la revelación o transmisión de la propiedad de datos personales.
La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) con el objetivo de proteger la intimidad de las personas, impone ciertas obligaciones a quien trate datos de carácter personal. En este sentido, cuando el propietario de los datos quiera realizar una cesión de los mismos a otra empresa o profesional, deberá cumplir con determinadas obligaciones legales.
El contrato de cesión de datos personales regula la entrega de datos personales por parte de su propietario o cedente a una tercera persona o cesionario. Para realizar una cesión de datos de forma legal deberá haber obtenido el consentimiento previo del interesado o cumplir alguno de los requisitos del Artículo 11 de la LOPD.
Es importante no confundir la cesión de datos con el tratamiento de datos por cuenta de tercero. En la cesión se transmite la propiedad de los datos y en el tratamiento no. Es por esto que, en la cesión el destinatario que recibe los datos tiene poder de decisión sobre los mismos mientras que en el tratamiento de datos por cuenta de tercero, quien trata los datos únicamente puede utilizarlos para realizar el servicio contratado.