Acceso clientes Mostrar buscador
Volver

Blog

Arrendamiento habitación

Contrato de arrendamiento de habitación

16 Ene 2017

Los contratos de arrendamiento de habitación están regulados a través del Código Civil, y su duración será exactamente la que aparece estipulada en el contrato. Además, en los contratos de arrendamiento de habitación, no hay derecho a prórroga, y si el arrendador quiere vender la vivienda antes de la finalización del contrato, este quedará extinguido.

Los contratos de arrendamiento de habitación deberán ser por escrito y firmados por arrendador y arrendatario. Deben incluir:

-       Describir qué habitación ocupará el arrendatario.

-       Precio y forma de pago.

-       Duración exacta del contrato.

-       Servicios que irán incluidos en el arrendamiento (internet, teléfono, cocina, etc.)

-       Derecho o no del arrendatario a subarrendar la habitación.

1.    Aspectos fiscales que debe tener en cuenta el arrendador

El arrendador tiene la obligación de declarar en hacienda el beneficio que obtendrá del alquiler de la habitación. Además, tiene derecho a deducirse entre el 60% y el 100% del dinero obtenido por el arrendamiento, pero siempre teniendo en cuenta la edad y los ingresos del arrendatario, tal y como indica el impuesto sobre la renta física:

-        Entre 18 y 30 años y unos ingresos superiores al valor iprem, que este 2016 es de  7.455,14 euros, el arrendador podrá deducirse el 100% de los beneficios obtenidos.

-     Entre 18 y 30 años, pero unos ingresos menores al valor iprem, sólo podrá obtener una reducción del 60%.

Es importante tener en cuenta, que según indica la consulta vinculante de la dirección general de tributos, si el arrendador reside habitualmente en la vivienda y desgrava el pago de la hipoteca, esto implica que al arrendar una o varias habitaciones tendrá que rebajar una parte de esta desgravación.

2.    Aspectos fiscales que debe tener en cuenta el arrendatario

Una de las desventajas de arrendar solo una habitación y no toda la vivienda, es que hacienda no lo considera un arrendamiento de vivienda habitual, y por tanto, no permite desgravar. Además, en caso que se quiera arrendar una o varias habitaciones de la vivienda donde se reside, pero sin ser el arrendador, se debe pedir permiso a este, ya que si no, se podría considerar rescisión del contrato. En el caso que el arrendador dé su visto bueno, tiene derecho a pedir una compensación.

    Personaliza tu contrato de alquiler de habitación

 

comments powered by Disqus