Contrato de compraventa
27 Ene 2017Realizar contratos de compraventa supone una garantía tanto para el vendedor como el comprador, para así evitar posibles problemas en la transacción. Para que los contratos de compraventa tengan validez legal, es conveniente que se incluyan los siguientes apartados:
1. Descripción del bien que se quiere vender.
2. Precio o valor por el cual se vende el bien.
3. Datos personales del vendedor y el comprador.
4. Firma del vendedor y el comprador para que el contrato tenga validez legal.
A parte de incluir en el contrato estos apartados esenciales, también debemos tener claras las obligaciones del vendedor y del comprador, que se deberán estipular en el contrato para poder realizar la compraventa.
- Obligaciones y derechos del vendedor:
1. Transmitir el bien.
2. Conservar el bien hasta el día de realización de la entrega.
3. Entregar el bien en las condiciones que se ha especificado en el contrato.
4. Garantizar al comprador una posesión útil.
5. Responder en caso que se hayan encontrado en el bien vicios o defectos ocultos.
- Obligaciones y derechos del comprador:
1. Pagar el precio que ha pedido el vendedor.
2. Pagar intereses en caso de retraso o de compraventa con precio aplazado.
3. Recibir el bien comprado.
4. Recibir el bien en el estado especificado en el contrato.
Podemos encontrar distintos tipos de contratos de compraventa:
1. Compraventa a plazos: Dependiendo del bien y de su precio, vendedor y comprador pueden llegar a un acuerdo, y decidir que el pago se realizará de manera fraccionada. Si se realiza una compraventa a plazos, esto tendrá que quedar perfectamente estipulado en el contrato, y el comprador tiene la obligación de realizar los pagos los días acordados. En caso de retraso o impago, el vendedor tiene derecho a exigir el pago o poner una demanda contra el comprador.
2. Compraventa con pacto de retroventa: Es importante tener en cuenta que solo se podrá realizar este tipo de compraventa, en caso que anteriormente se haya hecho un contrato de compraventa. En estos casos, el comprador tiene la obligación de restituir la cosa vendida con sus accesorios. Además, en caso de deterioros en el bien, que haya podido ocasionar el comprador, éste tendrá que indemnizar al vendedor.
3. Compraventa ad gustum: el vendedor y comprador llegan a un acuerdo, durante un período de tiempo determinado el comprador puede probar el bien, y en caso que no le convenza puede devolverlo.
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