Acceso clientes Mostrar buscador
Volver

Blog

dividendos sociedad

¿Cómo se reparten los dividendos de una sociedad?

27 Jun 2017

A la hora de repartir los dividendos entre los distintos socios de una empresa, se pueden producir dos situaciones distintas:

1.    Resultado negativo

En caso que la empresa haya tenido pérdidas en vez de beneficios, se deberá dejar constancia de que el resultado negativo minorará los fondos propios, y a consecuencia de esto, se producirá una descapitalización de los recursos de la empresa.

2.    Resultado positivo

En caso que la empresa haya obtenido beneficios, los administradores deberán convocar a la Junta General de Accionistas, para proponer una distribución de los beneficios a través de una Propuesta de Distribución. Esta propuesta puede ser de dos tipos:

-       Dotación de reservas de la sociedad

En este caso, se destinarán los beneficios a la propia Sociedad, con el objetivo de capitalizar la empresa, de esta manera compensar las pérdidas y resultados negativos de años anteriores. Estas reservas pueden ser de cuatro tipos diferentes:

1.    Reserva legal u obligatoria

Por imperativo legal, debe ser una cifra igual al 10% del beneficio del ejercicio se deberá destinar a la “reserva legal”, hasta que se alcance el 20% del capital social. Mientras esta reserva no supere el límite del 20% del capital social, solo podrá ser destinada a la compensación de pérdidas de ejercicios anteriores.

2.    Reservas estatuarias

Se trata de las reservas recogidas en los Estatutos Sociales de la Sociedad. Una vez recogidas estas reservas, es obligatorio destinar una parte de los beneficios a éstas.

3.    Reservas voluntarias

Consisten en los beneficios que quedan después de haberlos repartido entre los socios. Normalmente, los beneficios que restan, suelen ir destinados a las partidas de Investigación y Desarrollo (I+D).

4.    Reservas indisponibles

Se trata de la Reserva de Fondo de Comercio, la Reserva de Nivelación y la Reserva de Capitalización. Son reservas, que a consecuencia de sus particularidades, deben permanecer en el patrimonio de la empresa un determinado tiempo, y no pueden ser utilizadas.

-       Reparto de beneficios entre los socios

En este caso, los beneficios serán repartidos entre los socios de la empresa, según el capital que hayan aportado cada uno y siempre teniendo en cuenta las siguientes limitaciones:

1.    Solo se podrán repartir los beneficios, si la cifra de éstos es igual o mayor que la del capital social.

2.    No se podrán repartir los beneficios entre los socios si en la empresa existen gastos de establecimiento, I+D y fondo de comercio.

3.    Es obligatorio cumplir con la Reserva legal.

4.    Privilegio en la cuota de liquidación: En caso de liquidación de la Sociedad, las participaciones sociales sin voto darán al titular el derecho de obtener el reembolso de su valor antes de que se distribuya alguna cantidad a las restantes.

5.    Dividendo preferente: Si los Estatutos Sociales prevén un dividendo anual mínimo a determinadas participaciones sociales, éstas se reembolsarán de manera prioritaria al resto.

6.    Remuneración de administradores: Una vez cubierta la Reserva Legal y las estatuarias, se remunerarán los administradores en caso que aparezca recogida  en los Estatutos Sociales.

Además, el Acuerdo de Distribución de beneficios que ha acordado la Junta General, deberá establecer el momento y la forma de pago de los dividendos.

Obtén tu pacto de socios, siempre adaptado a la legislación vigente, de manera fácil y en pocos pasos.

               Personaliza tu pacto de socios

comments powered by Disqus