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Aprobada la reforma de la Ley de Autónomos

05 Jul 2017

Hace unos meses hablamos sobre las novedades previstas en la nueva reforma de la Ley de Autónomos, que parecía que no terminaba de llegar. Finalmente, ha sido aprobada, y ya sabemos a ciencia cierta los cambios y mejoras que se van a añadir a la Ley de Autónomos. No obstante, aún no está claro cómo se van a gestionar estas mejoras para antiguos autónomos. Estos son los cambios que se aplicarán a la nueva Ley de Autónomos:

  • La tarifa plana de 50 euros pasa de 6 meses a 1 año. Además, los autónomos que dejen su actividad durante 2 años y vuelvan al trabajo pasados estos 2 años, podrán acogerse a la tarifa plana, a diferencia de ahora que tenían que esperar 5 años.

 

  • Las mujeres que se reincorporen tras la maternidad podrán disfrutar de una tarifa plana de 50 euros.

 

  • Las personas que tengan a su cargo menores u otras personas dependientes, durante 12 meses tendrán una bonificación del 100% de la cuota de autónomos.

 

  • Siempre y cuando un autónomo trabaje en su casa, podrá deducirse el 20% de los gastos de suministros; agua, gas, electricidad y teléfono.

 

  • Ahora los autónomos podrán deducirse hasta 26,67€ diarios por gastos de dietas y manutención, y hasta 48,08€ si se encuentra en el extranjero, pero siempre y cuando el pago sea realizado telemáticamente para que quede constancia de ello.

 

  • Se podrá cambiar de base de cotización hasta en 4 ocasiones a lo largo del año.

 

  • Los autónomos podrán darse de alta y baja en la Seguridad Social hasta 3 veces al año.

 

  • Se podrá compatibilizar el cobro del 100% de la pensión con prolongación de la vida laboral para el empleo por cuenta propia.

 

  • La cuota de los autónomos societarios se desvincula de las subidas del Salario Mínimos Interprofesional y quedará determinada año a año en los Presupuestos Generales del Estado tras dialogarlo con las organizaciones de autónomos.

 

  • La penalización por el retraso del pago de la cuota durante el primer mes, pasa de 20% al 10%.

 

  • La Seguridad Social devolverá de oficio el exceso de cotización de las personas en situación de pluriactividad sin que se tenga que realizar la solicitud de devolución.

 

  • Se incluye el accidente “in intere”, pero solo en los desplazamientos que haga el autónomo a su trabajo.

 

  • Se aprueban mejoras para la formación en prevención de riesgos laborales.

 

  • Mejora de las condiciones del emprendimiento para los trabajadores con discapacidad.

 

  • Se permite que los autónomos contraten a sus hijos en caso que se encuentren en situación de discapacidad.

 

Estas son las mejoras y bonificaciones que se han establecido en la nueva ley de autónomos, y de las cuales ya se pueden beneficiar todas aquellas personas que se den de alta en la Seguridad Social como autónomos.  

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