Contratos de alquiler de vivienda con fianza
31 Ago 2017En los contratos de alquiler de vivienda, la fianza es uno de los puntos más conflictivos entre propietario e inquilino. En este post encontraréis toda la información sobre las fianzas, es decir, para qué sirven, cómo se puede reclamar y cuál es el plazo de devolución.
Durante los tres primeros años de alquiler, esta fianza no se actualizará, aun así, el propietario puede exigir una subida de la fianza o el inquilino una bajada hasta que esta se convierta en una o dos mensualidades de la renta establecida. En los contratos de alquiler de vivienda, es obligatorio entregar la fianza correspondiente a un mes de la renta en metálico, y esta deberá ser depositada en la oficina pública que corresponda a cada Comunidad Autónoma.
¿Pero en qué casos se puede utilizar la fianza?
- En caso que el inquilino no pague algunas mensualidades, la fianza podrá ser utilizada como cobro del alquiler.
- El pago de suministros como agua, gas, electricidad, etc.
- La limpieza de la vivienda cuando el inquilino se haya marchado, siempre y cuando se pueda demostrar que la vivienda se encontraba en casos extremos de suciedad y se puedan presentar las facturas de la limpieza.
- Reparaciones por el mal uso que se le ha dado a la vivienda.
Aun así, también encontramos casos en que la fianza no puede utilizarse como por ejemplo:
- En la reparación o sustitución de electrodomésticos por uso prolongado.
- El deterioro de la pintura.
- La reparación de goteras que previamente habían sido denunciadas por el inquilino y no se habían reparado.
La fianza no servirá para pagar el último mes de alquiler de la vivienda, ya que el inquilino cuando firma el contrato, se compromete a pagar todas las mensualidades del alquiler. La fianza, solo es una garantía del propietario para asegurarse el buen cuidado del inmueble alquilado y los muebles. Si un mes el inquilino no paga la renta, está incumpliendo el contrato.
En caso que se haya terminado el contrato de alquiler de vivienda, y el propietario no pone ninguna objeción al inquilino sobre el cuidado de la vivienda, está obligado a devolver la fianza, justo en el momento que el inquilino entregue las llaves de la vivienda al propietario. Si el propietario no cumple con su obligación, se podrá recorrer a la vía judicial.
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