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contrato mercantil autónomos

Contrato mercantil para autónomos

26 Oct 2017

Un contrato mercantil se hace para que un trabajador autónomo pueda realizar una actividad para otras empresas o a otros clientes autónomos. Este tipo de contrato mercantil se suele llamar contrato mercantil de prestación de servicios. Por tanto, se trata de contratos que se realizan entre empresas o una empresa y un autónomo para que les preste algún servicio.

Con el contrato mercantil de prestación de servicios una empresa puede contratar un trabajador autónomo para que realice alguna actividad concreta a cambio de una comisión. Esta comisión se establece mediante un acuerdo entre el autónomo y la empresa, para que el trabajador autónomo pueda sacar rendimiento económico a la actividad realizada.

Es importante que no confundamos el contrato mercantil con el contrato laboral. En el contrato mercantil, el autónomo es un trabajador por cuenta propia inscrito en el RETA (Régimen General de Trabajadores Autónomos) y por tanto, no pertenece a la empresa que ha contratado sus servicios.

Es por este motivo, que la empresa o empresario que ha contratado sus servicios no debe cotizar por el trabajador ni tampoco debe pagar sus servicios a través de una nómina mensual, sino que lo hace a través de una factura una vez terminado el trabajo. Además, el trabajador autónomo que obtiene ingresos, cotiza en la Seguridad Social y paga sus impuestos.

A diferencia de los contratos mercantiles, en un contrato laboral el trabajador depende del empresario el cual define sus honorarios y las tareas que debe realizar diariamente, además, el salario y las cotizaciones en la Seguridad Social del trabajador están incluidas en su nómina mensual y posee todos los derechos.

Es de suma importancia  tener claro que no se puede trabajar teniendo un contrato mercantil y cobrar del paro a la vez. Tampoco se puede recibir la prestación por desempleo si se están recibiendo ingresos que provienen de una actividad económica o rendimientos del trabajo. En caso que la administración detecte que se están realizando contratos mercantiles durante el cobro del paro se establecerá una sanción por fraude. Por esto, una persona que esté recibiendo una ayuda económica por falta de trabajo y quiera realizar un contrato mercantil deberá avisar al SEPE para darse de baja y dejar de cobrar el paro.

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