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Pacto de socios

Pacto de socios

Precio único150.00€
Suscripcióndesde 10€/mes
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Acuerdo para socios fundadores antes de la creación de la empresa o una vez ya en funcionamiento.

Cláusulas generales

Datos del socio 1
Datos del socio 2
Información de la sociedad
¿Cuál es el capital social de la empresa?
Deberá respetar el Capital Social mínimo exigido por la Ley de Sociedades de Capital. Las aportaciones pueden ser en dinero o en especie y también es posible que algún socio aporte unicamente trabajo (socios industriales). En caso de aportar bienes inmuebles como por ejemplo un piso, deberá constuir escritura pública ante Notario. La valoración de la aportaciones en especie en la Sociedad Limitada es libre y en la Sociedad Anónima deberá incluir un informe de un experto independiente.
euros.
El socio 1 aporta:
El socio 2 aporta:
¿Cuál es el porcentaje de participación en pérdidas y ganancias?
Señale cual será el porcentaje de participación de cada socio en las pérdidas y ganancias. Asegurese de que la numeración de los socios coincide con la asignada al comienzo. En caso de no participación la cantidad a indicar será 0%.
Socio 1:
%. %.
Socio 2:
%. %.
¿Cómo se administrará la sociedad?
Se refiere a la persona o personas encargadas de la gestión y dirección de la sociedad, así como del uso de la firma social, y la representación de la misma.
Sólo una persona será la encargada de administrar la sociedad.
Varios administradores que actúen solidariamente, es decir, que cada uno de ellos por separado pueda actuar en nombre de la sociedad.
Varios administradores que actuen mancomunadamente, es decir, que las decisiones y las gestiones deberán ser llevadas a cabo por todos los socios administradores para comprometer a la sociedad.
El consejo debe estar formado por un mínimo de tres miembros y deberá establecerse un régimen de organización y funcionamiento que contenga reglas de convocatoria y constitución del órgano así como el modo de deliberar y adoptar acuerdos por mayoría.

Cláusulas partículares

Incluya las clausulas que se apliquen a su caso

Cláusulas anti-bloqueo
Las situaciones de bloqueo son aquellas en las que los órganos encargados de tomar las decisiones no logran llevar a un acuerdo. Para evitar esta situaciones se pueden incluir clasusulas anti-bloqueo.
Esta clausula permite que, en caso de bloqueo, tenga un mayor peso el voto de aquel miembro cuyo conocimiento o implicación en el asunto a decidir sea mayor. Por ejemplo, voto de calidad al fundador en cuestiones relativas a la gestión estratégica.
Esta clausula permite que cualquier posible bloqueo se someta a la evaluación de un experto independiente elegido por las partes.
En caso de que ambas partes estén interesadas en adquirir la participación de la otra, cada una realizará una oferta en sobre cerrado y la que esté dispuesta a pagar un precio por acción o participación social más elevado es la que gana la subasta.
En este caso para resolver el conflicto una de las partes ofrece a la otra que le compre su participación social a un precio determinado. La otra parte puede aceptar o rechazar. Si rechaza debe vender sus participaciones a ese mismo precio.
Cláusulas para posibles inversores
Es aquel mecanismo que tiene como finalidad proteger los intereses de los socios minoritarios mediante el otorgamiento del derecho a vender su participación en la sociedad, cuando algún socio mayoritario decida vender su participación accionaria. Dicho acto permite al socio minoritario poder unirse a la transacción bajo las mismas condiciones que el socio mayoritario que vende.
En caso de que un potencial comprador quiera adquirir el 100% de las participaciones de la sociedad, esta clausula permite al socio mayoritario obligar al socio minoriatario a que "le acompañe", vendan juntos y así evitar un posible bloqueo de la venta.
Cláusulas organización
Esta clausula obliga a guardar secreto de toda la información considerada confidencial a la que se tenga acceso a consecuencia de su condicion de socio.
Esta clausula garantiza que los socios se dedicarán en exclusiva a la actividad social no realizando otras actividades profesionales por cuenta propia o ajena durante su relación con la sociedad.
Los socios fundadores se comprometen a no realizar actividades por su cuenta o por cuenta ajena que hagan la competencia a la sociedad durante su pertenencia a la misma.
Los socios fundadores se comprometen a prestar sus servicios durante un periodo mínimo de tiempo.
¿Cómo se resolverán los posibles conflictos?
Esta clausula permite acordar con la otra parte cómo se resolverán los conflictos en caso de quelos haya. Normalmente, se suele definir que serán los Juzgados del lugar del lugar de firma del contrato. Otra opción es la de acordar acudir al sistema de Arbitraje de resolución de conflictos con prioridad a la jurisdicción ordinaria. Este sistema suele ser una opción más ágil y flexible que la jurisdicción tradicional.
Claúsula adicional
Fecha
Lugar de firma