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6 cláusulas frecuentes pero ilegales en los contratos de arrendamiento de vivienda

11 Jul 2016

En los últimos años, a raíz de la aparición de la crisis, cada vez es más frecuente el alquiler que la compra de viviendas, aumentando también, el incumplimiento de contratos, o generando conflictos entre arrendador y arrendatario, ya que en muchas ocasiones, no hay intermediaros que aseguren la validez del contrato. En este post encontrareis seis cláusulas muy frecuentes en la redacción de los contratos de alquiler de vivienda, pero que no tienen validez legalmente.

1. Crear contratos de arrendamientos de temporada falsos

Muchas veces el arrendador opta realizar un alquiler de once meses en vez de doce, que es lo habitual y legal, de esta forma, al considerarse una arrendamiento de temporada, evita la aplicación de las leyes de arrendamientos de vivienda.

Pero, para poder considerar un alquiler de temporada, debe haber una justificación de temporalidad, es decir, trabajo, traslado temporal, estudios… además, la persona que alquila la vivienda debe justificar también que tiene otro domicilio permanente.

2. Pedir el pago por adelantado de más de un mes de renta

Otro caso muy frecuente es que el arrendador exija al inquilino el pago por adelantado de más de una mensualidad de la renta. Pero según el artículo 17.2 de la Ley de Arrendamiento Urbano (LAU), el alquiler de la renta es mensual, por tanto, pedir el pago de más de un mes, es ilegal.

3. Exigir un año de permanencia desde la signatura del contrato

La mayoría de contratos exigen al arrendatario un año de permanencia en la vivienda, y hasta que no ha transcurrido el año, el inquilino no puede abandonarla. En realidad, después de la reforma de la LAU en 2013, y que sigue vigente en 2016, el arrendatario tiene el derecho de finalizar el contrato transcurridos los seis primeros meses después de haber firmado el documento, aun así, se enfrentará a una penalización en caso de no avisar con 30 días de antelación, recogida en la misma ley.

4. Obligar al inquilino a permitir al casero el acceso a la vivienda en cualquier momento

El propietario no tiene derecho a entrar en la vivienda mientras disponga de inquilinos, para realizar una revisión del estado en que se encuentra. Esto es ilegal. Y según el artículo 18 de la Constitución Española, solo podrá entrar en la vivienda con el consentimiento de sus inquilinos y con una orden judicial.

5. Imponer al inquilino los gastos no imputables

En muchas ocasiones, el propietario intenta que el arrendatario sea quien pague los gastos judiciales derivados del contrato. Esto no tiene validez, ya que es el arrendador el encargado de afrontar dichos gastos.

6. Reclamar al inquilino que pague las posibles reparaciones

¿Quién debe pagar las reparaciones? Es frecuente que el arrendador ponga en el contrato una cláusula pidiendo al inquilino que se encargue de los pagos de las reparaciones, pero esto es ilegal. Según el artículo 21 de la LAU, normalmente las reparaciones van a cargo del arrendador, a no ser que se trate de una pequeña reparación por el desgaste que está sufriendo la vivienda por su uso, o porque el arrendatario ha sido el causante del daño.

El cumplimiento de contratos con estas cláusulas no tiene validez legal, por tanto, sería necesaria la redacción de un nuevo contrato, cumpliendo las leyes de arrendamiento de vivienda, vigentes en la LAU. En el blog de FormalDocs, encontrarás el artículo, Ocho cosas que debes saber antes de alquilar un piso, que te ofrece la información que necesitas saber para alquilar una vivienda, y no incumplir las seis cláusulas anteriores.

 

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