¿Qué debo tener en cuenta para poner música en mi local?
05 Oct 2016“Sin música la vida sería un error” es lo que decía Friedrich Nietzsche para expresar su amor por ésta manifestación artística. Y es que la música tiene la capacidad de conectar con nuestras emociones y despertar nuestros sentidos.
La música se ha convertido en una herramienta de conexión, un vínculo entre las personas. Cuando queremos expresar nuestros sentimientos a alguien podemos hacerlo con una canción. Pero también ha pasado a formar parte de una herramienta muy potente que usan las marcas o las empresas para atraer al público. Nuestra tienda de ropa no sería lo mismo sin la música que nos motiva mientras miramos las prendas o una cafetería no sería lo mismo sin esa música relajante que nos hace desconectar después de un largo día de trabajo.
Son muchas las empresas que hacen uso de la música corporativa para sus campañas de comunicación o para sus establecimientos, una música acorde a su imagen y al gusto de su público objetivo. Aún así, antes de hacer uso de la música para fines comerciales, hay que tener en cuenta las legalidades que conlleva su uso. Para muchos artistas, más allá de un hobby, la música se trata de una profesión y por lo tanto, viven de ella. En un anterior post hablamos sobre la importancia que tienen los derechos de autor, y es que la música se convierte en un producto cultural cuando esta es compuesta y producida por alguien. Por lo tanto, como producto debe tener unos requisitos legales, ya que sinó todo el mundo podría disponer de los derechos de la obra y hacer con ella lo que quisiera.
Para la protección de las obras, los artistas pueden acogerse al derecho de Propiedad Intelectual. Para conseguirlos, los artistas se registran al Organismo de la Administración del Estado que se encarga de proteger y velar por estos derechos de los autores y otros titulares de obras. También existen entidades privadas como la SGAE que protege los derechos de los artistas suscritos a ella. Por lo tanto, cuando una obra musical dispone de este derecho quiere decir que da permiso a su uso pero a cambio de una compensación económica.
Es importante para un negocio tener en cuenta qué artistas o qué canciones están sujetas a este derecho y pedir permiso para su uso, sinó, las multas pueden ser muy elevadas y pueden afectar a tu negocio. Es por eso, que una de las preguntas más frecuente entre los propietarios de establecimientos de negocios es: ¿Cuánto debo pagar para poder poner música en mi negocio? Podéis encontrar la respuesta en el documento de Tarifas Vigentes del 2016 propuestas por la SGAE.
Es importante estar al corriente de los siguientes aspectos: saber qué canciones quiero poner para mi establecimiento, saber si las obras están sujetas a la SGAE y también, saber si puedo disponer de un televisor en mi local, ya que a través de éste se están exponiendo al público obras que puedan estar protegidas.
Cuando no se está al corriente sobre estos aspectos, podemos encontrarnos en una mala situación como le pasó a este bar de Valencia hace unos años atrás. El establecimiento disponía de un televisor y no estaba cumpliendo con el pagamento mensual que establece la SGAE, que eran aproximadamente 15 euros al mes durante 5 años. A partir de allí, los propietarios se tuvieron que enfrentar a un pago de 1000 euros con mucha oposición ya que aseguraban que el televisor estaba allí por mera compañía. Por otro lado, en 2014, éste artículo de ABC, registró un caso en el que un agente de la SGAE se dedicó a ir a una boda de Sevilla y a grabar de incógnito el momento del baile para confirmar que se estaba haciendo uso de obras musicales sin permiso.
Después de conocer estos casos, nos podemos plantear hasta qué punto puede llegar la SGAE en su afán de recaudamiento monetario en nombre de los derechos de autor. ¿Se está abusando de estos derechos ? Este es un tema que abre muchas líneas de discusión, pero, se trate de abuso o no, lo mejor que podemos hacer es como decimos siempre en FormalDocs, estar al corriente de la legislación para evitar problemas.