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¿Cómo proteger los derechos de autor de los músicos?

13 Sep 2017

Una de las principales entidades que vela por los derechos de autor de los músicos es la SGAE (Sociedad General de Autores y Editores). Esta entidad española sin ánimo de lucro  gestiona el cobro y la distribución de los derechos de autor, pero también vela por los intereses de los editores. Su función principal es defender los derechos de autor de sus socios, es decir, artistas y empresarios que se encuentran dentro del negocio de la cultura.

Dentro de sus funciones principales encontramos:

  • Licencias para poder grabar en cualquier tipo de soporte la obra musical suscrita dentro de la SGAE.
  • Velar para que la explotación de una obra musical se haga según lo que establecen los derechos de autor de cada una.
  • Gestionar las solicitudes de autorización para la sincronización de las obras musicales preexistentes en producciones audiovisuales.
  • Gestión de la “remuneración equitativa” para el alquiler de vídeos.
  • Informar sobre posibles ilegalidades en las actividades de alquiler de soportes discográficos, preparando la correspondiente documentación para realizar demandas judiciales.
  • Velar por la antipiratería y la persecución del delito.

Por tanto, la SGAE intenta velar por los derechos de autor de los artistas musicales a la hora de reproducir, distribuir, grabar, explotar, etc., las obras de sus músicos. No obstante, el pasado mes de junio salió un artículo en El País, que ha puesto en duda el funcionamiento de la SGAE, y que tiene a muchos artistas preocupados, tras el caso de la rueda. Este conflicto ha provocado que muchos artistas del sector musical se hayan unido en un manifiesto, En defensa de nuestros derechos, en el cual piden que el Ministerio de Cultura los empare, tal y como explica esta noticia.

¿Qué es la rueda de la SGAE?

Con este sistema la SGAE se encarga de que algunos de sus socios ingresen millones gracias a la recaudación por música emitida de madrugada a la Televisión concretamente en las franjas horarias de 3 a 6 de la madrugada.

Se trata de coger temas de autores desconocidos, arreglados previamente con algún cambio de nota, para así registrarse como originales. De esta manera, las cadenas los emiten de madrugada aportando derechos a los falsos autores. En este artículo de El Confidencial encontramos casos de personas que han participado en la rueda de televisiones.

A pesar de todo, ya se está trabajando para solucionar este conflicto, y así, asegurar que la gestión del cobro y la distribución se realiza de manera correcta, y es la que corresponden a cada músico y socio inscrito en la entidad según su contrato.

Tras conocer un poco más sobre qué es la rueda televisiva de la SGAE y por qué ha generado tanto revuelo, desde el punto de vista legal, para evitar conflictos legales y fraudes, recomendamos que antes de firmar cualquier tipo de contrato de propiedad intelectual o cesión de derechos de autor, leamos atentamente el documento y nos aseguremos de que queda todo perfectamente establecido; datos personales, tipos de derechos, compensación económica, etc. De esta manera, en caso de conflicto, podremos demostrar que una de las partes no ha cumplido con lo establecido en el contrato y si es necesario recurrir a la justicia para solucionarlo.

Otros temas a tener en cuenta: Propiedad Intelectual, licencias y contratos en el sector musical

Hay una serie de temas que es de suma importancia que tanto las entidades dedicadas a preservar los derechos de autor, los establecimientos comerciales o los artistas que acaban de entrar en el sector musical deberían tener en cuenta. Por ejemplo, la Ley de Propiedad Intelectual, las licencias para tocar música en público y los distintos tipos de modelos de contratos que podemos encontrar dentro de la industria musical.

En este post puedes encontrar una explicación detallada sobre propiedad intelectual, licencias y contratos en el sector musical. 

Además, tal y como cuenta este post publicado con anterioridad, para poder poner música en un local comercial en caso de querer hacer uso de obras musicales inscritas o protegidas bajo este tipo de entidades, deberemos pedir permiso y pagar una compensación económica para hacer uso de ellas.

 

 

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